Licencia Bar-Cafetería PROVISIONAL para locales de Ocio Nocturno
Con motivo de la COVID-19 el Ayuntamiento de Sevilla ha habilitado un procedimiento PROVISIONAL para permitir que los locales de ocio nocturno, tales como salas de fiestas, discotecas, etc. puedan solicitar su reconversión "temporal" de su actividad anterior a bar-cafetería, por medio de una Declaración Responsable usando el modelo 5-2 Provisional.
A priori, no se requiere aportar documentación técnica. En caso de que se haya incorporado nuevas instalaciones a la actividad, será necesario acompañar la Declaración Responsable con una Memoría Técnica justificativa de que no se produce modificaciones sustanciales según el ANEXO V de la Ordenanza Reguladora de Obras y Actividades (OROA).
Dicha solicitud podrá ser complementada con la posibilidad de tramitar, de forma provisional, la licenca de ocupación de la vía pública con veladores, siempre y cuando se cumpla con los requisitos de accesibilidad y contaminación acústica previsto en la normativa municipal y autónomica.
Como recordatorio desde mayo de 2020 se puede solicitar la ampliación provisional de la superficie de la terraza de veladores con motivo de la COVID-19. Junto con la solicitud (Modelo 62 BIS), se deberá adjuntar un croquis donde se especifique la propuesta de ampliación provisional de superficie de terraza con respecto a la licencia vigente. La propia Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente de Sevilla ha editado unas recomendaciones que podeis ver en este documento Anexo 1.